¡NO! No es necesario que una persona esté ebria para que se la considere culpable de conducir bajo los efectos del alcohol. Para ser declarado culpable, es necesario tener el control físico del vehículo y estar bajo los efectos del alcohol, las drogas o una combinación de ambos. Para detener a una persona como sospechosa de conducir bajo los efectos del alcohol, la policía necesita tener una causa probable de que la persona está bajo los efectos del alcohol. Lo consiguen tanto mediante ejercicios de sobriedad sobre el terreno como mediante la observación ordinaria. La razón inicial para la parada es a menudo un mal patrón de conducción (zigzagueo, etc.) Este es a menudo el primer factor en la determinación de la policía de un DUI. El olor a alcohol no es una prueba de deficiencia, pero hará que la policía observe al conductor con más atención. Si tú o un ser querido habéis sido acusados de conducir bajo los efectos del alcohol, ponte en contacto con un abogado de The Defense Group a través de nuestro sitio web o llámanos al 407 743 8430 o a 407-250-9557 para una CONSULTA GRATUITA. Estamos disponibles las 24 horas del día en caso de urgencia, y podemos concertar citas para las noches o los fines de semana. “El primer concepto erróneo es, creo, que DUI significa “conducir ebrio”. No es necesario estar ebrio para ser culpable de DUI. Basta con que conduzca un vehículo o tenga el control físico del mismo. Eso incluye aparcar con el motor apagado, las llaves en el bolsillo o en el contacto, profundamente dormido. Eso sigue siendo DUI. Tienes el control físico de ese vehículo de motor. Si lo hace en un momento en que está bajo los efectos del alcohol o de cualquiera de los cientos de drogas que figuran en nuestros estatutos, entonces es un DUI. Ahora bien, ¿qué está deteriorado? Si superas los 0,08 en la prueba de alcoholemia, se presume que estás afectado. Si no superas la tasa de 0,08, tienen que demostrar que estás bajo los efectos del alcohol. La forma en que normalmente lo hacen es pidiéndote que realices algunos ejercicios de sobriedad sobre el terreno y hacen observaciones en cuanto te detienen. Supongamos que te paran por una luz trasera apagada, se acercan a la ventanilla, el agente en su informe dice: “Noté el fuerte olor de las impurezas de una bebida alcohólica que salía de su cara. Tenía los ojos inyectados en sangre y llorosos. Hablaba arrastrando las palabras. Iba a tientas. No podía sacar la cartera. Se le cayó el carné de conducir. Le pedí que saliera del vehículo y se tiró al suelo”. Todas esas observaciones tienen derecho a demostrar que estás impedido. Te piden que hagas una serie de ejercicios de sobriedad sobre el terreno, que por cierto, nunca, nunca, nunca, deberías hacer. Luego escriben lo que consideran indicios de deterioro al verle hacer esas cosas. Si son capaces de demostrar en su mente que estás impedido, te detienen. Yo te diría lo siguiente: según mi experiencia, si es tarde por la noche y tienes aliento alcohólico y estás al volante de un coche y estás vivo, irás a la cárcel por conducir bajo los efectos del alcohol. Puede que te condenen o puede que no, pero esa es más o menos la prueba de fuego”. No podemos evitar tu detención, pero tal vez podamos presentar una condena. Llámanos inmediatamente después de salir de la Cárcel. LLÁMANOS AHORA 407 743 8430 o 407-250-9557 ¡PODEMOS AYUDARTE!