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Abogados de delitos de drogas en Orlando

Después de DUI, el segmento más grande de nuestros casos trata de «sustancias controladas». Para la mayoría de nosotros eso sólo significa «drogas». Excepto la posesión de menos de 20 gramos de cannabis y la posesión de parafernalia de drogas, todos los «casos de drogas» son delitos graves. Van desde los menos graves, que son delitos de tercer grado. Puede ser el menos grave, pero se castiga con hasta cinco años de prisión. Los delitos graves de segundo grado se castigan con hasta 15 años de prisión. El tráfico de drogas (posesión de una cantidad superior a la prevista en la ley) es un delito grave de primer grado castigado con hasta 30 años de prisión. Los cargos por tráfico también conllevan penas mínimas obligatorias de entre 3 años y cadena perpetua, dependiendo de la cantidad y de si alguien murió a causa del consumo de las drogas. Incluso se le puede acusar de un delito grave por intentar organizar una transacción de drogas aunque nunca haya tocado ninguna droga. Se le acusa de conspiración para poseer, vender o traficar con drogas.

Por supuesto, para que el Estado pueda procesar con éxito por estos cargos, debe poder utilizar las pruebas incautadas por la policía. A menudo la policía actúa de forma no permitida y la pena por ello es la pérdida del uso de las pruebas. Es lo que se conoce como «regla de exclusión». Si el Tribunal dictamina que usted fue detenido o registrado ilegalmente, entonces todas las pruebas, incluidas las drogas que se encuentren, serán excluidas del juicio. Su caso entero podría ser ganado o perdido dependiendo de si una moción viable para suprimir la evidencia de drogas es presentada y litigada en su caso. Además, una moción para desestimar puede ser presentada en su caso si la fiscalía no tiene pruebas suficientes para demostrar que en realidad o constructivamente poseía la sustancia controlada. Existen otras defensas en los casos de drogas, incluyendo una defensa de prescripción, una defensa de eliminación legal y un estatuto de inmunidad por sobredosis de drogas. Algunas de ellas se comentan brevemente a continuación.

Abogado para delitos de drogas en Florida Central

Una vez arrestado por un delito de drogas, su siguiente paso crítico es hablar con un abogado con experiencia en la lucha contra los delitos de drogas en la Florida Central.

Si usted ha sido arrestado por un delito de drogas en cualquiera de los condados que figuran en este sitio, a continuación, póngase en contacto inmediatamente con un abogado con experiencia en The Defense Group. Al centrarse en la defensa penal y los delitos graves de drogas, prestamos especial atención a los cambios recientes en la ley y los argumentos únicos que se aplican a este tipo de casos. Nuestros abogados asisten regularmente a seminarios en todo el Estado y leen con regularidad las revisiones de los nuevos casos a medida que se publican.

Llame a
407 743 8430
o
407-250-9557
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Delitos de drogas en Florida Central

En muchos condados, muchos de los casos de drogas de nivel inferior cumplen los criterios del Tribunal de Drogas y son remitidos y asignados a dicho Tribunal. También tiene la opción de retirar su caso del tribunal de drogas para que pueda ser resuelto en una división de juicio regular. Entienda que aunque el Tribunal de Drogas puede ser un poco oneroso y requerir meses de participación supervisada, el objetivo es completar el programa después de lo cual los cargos serán desestimados. Si opta por no participar en el Tribunal de Drogas, entonces tira los dados. A menos que usted tenga un claro ganador en una moción para suprimir o una moción para desestimar, la opción de optar por ir a juicio debe ser sopesada muy cuidadosamente. Su abogado experto le explicará las opciones y las probabilidades. La decisión es suya.

Tipos de delitos de drogas en Florida

Representamos a individuos acusados de una amplia variedad de cargos de drogas, incluyendo:

  • Delitos relacionados con la marihuana
  • Tráfico de cannabis
  • Cultivo de marihuana
  • Operaciones de cultivo de marihuana
  • Posesión de material para el consumo de drogas
  • Posesión con intención de venta o distribución
  • Venta o entrega de drogas
  • Tráfico de drogas
  • Posesión o tráfico de medicamentos sujetos a prescripción médica
  • Conducción bajo los efectos de las drogas (DUI)
  • Fabricación de metanfetamina u operaciones de laboratorio de metanfetamina
  • Posesión de una «nueva droga» con Itext-mainWhiteell
  • Conspiración para fabricar o vender drogas
  • Distribución
  • Transporte de drogas
  • Tráfico de cocaína

Tipos de sustancias controladas según la legislación de Florida

El estatuto de sustancias controladas (drogas) de Florida se encuentra principalmente en el capítulo 893 de los estatutos. Hay literalmente cientos de medicamentos en la lista y muchos tienen nombres impronunciables. Se dividen en «Listas» en función de su peligrosidad percibida y de si se determina que tienen algún valor médico legítimo. Entre los medicamentos más comunes que figuran en el capítulo 893 se encuentran:

Marihuana / Cannabis / Pot / Weed
Posesión de material para el consumo de drogas
Drogas callejeras, incluyendo:
Cocaína
Heroína
Metanfetamina / Meth / Crystal Meth
PCP (fenciclidina)
Dietilamida del ácido lisérgico (LSD)
Psilocibina (setas)
MDMA / XTC (éxtasis)
Opio
Abuso de medicamentos con receta (que a veces puede ser acusado como «tráfico de drogas», incluso a través de sólo una botella de medicamentos con receta está involucrado), incluyendo:
OxyContin / Oxicodona
Demerol / Meperidina
Vicodin / Hidrocodona
Valium / Diazepam
Xanax / Alprazolam
Ritalin / Adderall / Metilfenidato / Anfetamina

Credibilidad de los informadores confidenciales y de los agentes encubiertos

Muchos casos son fabricados por la policía mediante el uso de «informantes confidenciales». A veces se les denomina «informadores confidenciales fiables». Los casos de drogas suelen girar en torno a la credibilidad de informantes confidenciales que colaboran con detectives encubiertos para tender trampas a otras personas para que cometan delitos de drogas. Los informantes confidenciales se utilizan rutinariamente para casos de venta y entrega de cocaína, heroína y metanfetamina, y para casos graves de tráfico de drogas en toda la Florida Central.

A menudo, los informantes confidenciales están desesperados por tender una trampa a otro individuo para reducir su castigo por su propia conducta delictiva. Han sido detenidos y se les ha prometido un trato especial si consiguen que la policía atrape a otros individuos. Llevar a cabo una investigación exhaustiva para explotar esta desesperación es una parte importante para ganar un caso de drogas.

El informante confidencial, a menudo un individuo que ya tiene un largo historial delictivo o cargos pendientes, tiene un motivo increíble para mentir, plantar pruebas y hacer acusaciones falsas. Son intrínsecamente poco fiables. En algunos casos, el informante confidencial tiende una trampa a otras personas a cambio de pagos en efectivo de las fuerzas del orden. Estos incentivos económicos también pueden poner en entredicho la credibilidad del informador confidencial.

Los detectives, agentes especiales o funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que trabajan con los informantes confidenciales, a veces juegan demasiado a la ligera con la ley en sus esfuerzos por obtener condenas por drogas. Cuando podemos descubrirlo, hemos conseguido que se desestimen casos enteros.
Un abogado de defensa criminal experimentado, en una práctica como la nuestra que enfatiza la defensa de casos de drogas, a menudo puede encontrar y explotar dudas razonables que puedan existir en su caso debido a problemas de credibilidad con el informante confidencial, detectives, agentes u oficiales encubiertos. Cuando se violan sus derechos de la 4ª o 5ª Enmienda, podemos presentar una moción para excluir pruebas importantes.

Mociones para Suprimir en Casos de Narcóticos en Florida

La mayoría de las peticiones de sobreseimiento se presentan en virtud de la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. La Cuarta Enmienda protege a todas las personas contra registros e incautaciones no razonables.

Este principio constitucional básico es a la vez breve y dulce. Dice:

«El derecho de las personas a estar seguras en sus personas, casas, documentos y efectos, contra registros e incautaciones irrazonables, no será violado, y no se emitirá ninguna Orden Judicial, sino bajo causa probable, apoyada por Juramento o afirmación, y describiendo particularmente el lugar a ser registrado, y las personas o cosas a ser incautadas».

Cincuenta y cuatro palabras. Los tribunales han dictaminado que, para mantener a la policía en orden, debe existir una Norma de Exclusión que castigue a la policía cuando viole esta Enmienda. Cuando un abogado con experiencia cree que la conducta de la policía ha violado esta disposición, presentamos una Moción para Suprimir, pidiendo al tribunal que deseche las pruebas que la policía reunió violando sus derechos. Dará igual la cantidad de droga que te hayan encontrado. Si lo hicieron ilegalmente, los cargos serán desestimados.

Sin requisitos constitucionales que protejan los derechos de los ciudadanos, se pondrían en peligro las libertades de las que disfrutan todos los ciudadanos respetuosos de la ley. La contratación de un abogado con experiencia en la defensa de delitos de drogas para impugnar la legalidad de cada paso dado por la policía es fundamental para su defensa.

Si el caso implica una búsqueda y la incautación de su vehículo, su persona, o su hogar o negocio, vamos a hacer la investigación jurídica sobre los últimos casos que se aplican a sus hechos. Si la policía se ha excedido en su autoridad o ha violado sus derechos constitucionales, presentaremos y agitaremos las mociones que buscan que se desestimen sus cargos. Incluso si la policía obtuvo una orden de registro y las pruebas se incautaron durante la ejecución de esa orden judicial, puede haber motivos para atacar y hacer que se supriman las pruebas.

Elementos del delito – Prueba de la posesión

La palabra «posesión» es una palabra jurídica de arte, cuyo significado puede tener poco que ver con el uso que usted hace de ella a diario. La posesión de una droga no exige la propiedad. La posesión de una droga no es necesariamente exclusiva de una sola persona (en otras palabras, dos personas pueden «poseer» el mismo artículo al mismo tiempo). Esencialmente, posesión significa la capacidad inmediata de ejercer control sobre algo. La posesión puede ser real o «constructiva».

«Posesión real» significa estar en contacto físico directo con la sustancia, como sostener parafernalia de drogas en la mano, tener cocaína en el bolsillo o llevar marihuana en un bolso al hombro.

«Posesión constructiva» significa que usted no está realmente en contacto físico con la sustancia, y debe probarse demostrando que el acusado:

  • Sabía de la presencia de las drogas;
  • conocía el carácter ilícito de las drogas; y
  • Tenía dominio o control sobre las drogas.

El conocimiento de la presencia de la droga puede inferirse de pruebas circunstanciales, incluida la posesión o propiedad del local o vehículo donde se encontró el objeto. Sin embargo, si más de una persona ocupa conjuntamente el local o vehículo donde se encuentran las drogas, el conocimiento del acusado no se deducirá de su posesión del local o vehículo, sino que deberá establecerse mediante pruebas independientes.

Las pruebas independientes pueden incluir:

  • Declaraciones del acusado de que conocía la presencia de las drogas; o
  • El hecho de que las drogas estuvieran a la vista.

Situaciones de hecho comunes – Drogas encontradas en un vehículo

En un vehículo viajan dos o más personas: un conductor y uno o varios pasajeros. El vehículo es detenido por una infracción de tráfico menor. Con arreglo a la legislación anterior, podríamos alegar que la detención fue «pretextual» (utilizaron una infracción de tráfico muy leve como pretexto para detener e investigar en busca de drogas). Ahora bien, si el agente puede convencer al tribunal de que una infracción, por leve que sea (ir a 56 en una zona de 55 es suficiente), entonces la parada es «buena» y este pretexto les sirve. El agente afirma que huele a cannabis y, en virtud de la «doctrina del olor simple» del Tribunal, decide registrar el vehículo. El agente pide a los ocupantes que salgan del vehículo y realiza un registro. En el suelo, bajo el asiento del pasajero trasero, la oficina localiza una bolsa de droga escondida en una bolsa de papel marrón (no a la vista).

El conductor y el pasajero se niegan a responder a las preguntas o niegan saber que había drogas en el vehículo. En este supuesto, si el conductor o los pasajeros fueran detenidos por posesión de la sustancia controlada, cualquiera de ellos probablemente ganaría una moción de sobreseimiento. El bonito refrán dice: «Nadie habla, todo el mundo camina».

En estos hechos, no hay pruebas suficientes para determinar quién poseía la sustancia controlada, ya que se encontró en un vehículo ocupado conjuntamente, no estaba a la vista y no hubo declaraciones de ninguna de las partes admitiendo el conocimiento del contrabando. Por supuesto, cada caso es diferente. La policía puede tener acceso a mensajes de texto o correos electrónicos que impliquen a alguien con las drogas. Puede haber un informante confidencial que acaba de salir del coche y puede testificar que uno o más ocupantes estaban al tanto de las drogas. La conclusión es que el Estado tendrá que demostrar más allá de toda duda razonable que la persona acusada cumple los tres criterios de la posesión constructiva. De no ser así, el caso del Estado fracasa.

Una petición de sobreseimiento es un documento escrito, jurado por el acusado, que recita los hechos del caso alegados por la policía (suponiendo que esos hechos sean ciertos) y muestra que, aunque los hechos del caso no se discuten, esos hechos no prueban un caso de culpabilidad «prima facie». Los abogados llaman a esto «Moción C-4» (por la norma bajo la que se presenta).

Por supuesto, la mayoría de los agentes de policía entienden que no existen pruebas suficientes en este escenario (múltiples ocupantes de un vehículo o estructura.) La policía está entrenada para reunir pruebas adicionales en este tipo de situaciones.

En primer lugar, la policía intentará que una o ambas partes hagan una declaración en la que admitan que sabían que había drogas en el coche. La policía lo hace de muchas maneras. En primer lugar, la policía puede amenazar con detener al otro ocupante del vehículo a menos que alguien dé una confesión. Muchos hombres han caído sobre su espada bajo la amenaza de que la policía detendrá a la esposa o a la novia a menos que confiese.

En segundo lugar, la policía puede prometer «ser más suave» con todos si alguien admite conocer o poseer las drogas. En tercer lugar, la policía puede acusar al conductor de delitos más graves, como vender drogas, para conseguir que diga: «No, eso es para uso personal. No soy traficante de drogas». Una vez que se engaña al conductor para que hable del caso, éste acaba de admitir el conocimiento y la propiedad de las drogas.
Así que, aunque se diga en otra parte de nuestro sitio, ella es el mejor asesoramiento jurídico que puede tener cuando trate con la policía. ¡¡CÁLLATE!! Sea educado y no coopere en absoluto. La policía no hará una pregunta a menos que sea su esperanza de que la respuesta a esa pregunta les ayudará a poner a alguien en la cárcel no les ayudan.

Qué hacer durante un control de tráfico

Lo mejor que puede hacer cuando su vehículo es parado por la policía es ser lo más cortés posible. Tenga a mano el permiso de conducir y la matrícula (y quizá la tarjeta del seguro) para presentarlos cuando se los pidan. Aunque quieras ser educado, no quieres ayudar a la policía a encontrar un motivo para detenerte. Si determina que la policía está interesada en algo más que expedirle una simple citación, tenga en cuenta lo siguiente:

  • ¡Nunca, nunca hables con la policía! No son tus amigos. No te van a invitar al bar del policía. No os vais a hacer amigos. Su objetivo es encontrar una razón para meterte en la cárcel. No te odia más de lo que tú odias a los peces cuando pescas. Es lo que hacen. No es necesario que le informen de «sus derechos» para poder ejercerlos. El derecho a guardar silencio es importante. Úsalo.
  • No salga del vehículo hasta que se lo pidan. Una vez que se le pide que salga del vehículo, a los agentes les interesa algo más que ponerle una multa civil de tráfico.
  • Rechace cortésmente hacer cualquier declaración, responder a cualquier pregunta o consentir cualquier registro de su persona o propiedad o realizar cualquier prueba o ejercicio de sobriedad.
  • Para repetir en parte, nunca se someta a los Ejercicios de Sobriedad de Campo. Son una trampa. Nadie las realiza a la perfección. Se utilizan como justificación de una detención que el policía planeaba hacer de todos modos.
  • Dígale amablemente al agente que se acoge a sus derechos. Lo único que tienes que decir para invocar tus derechos es: «Nunca hablo con la policía sin mi abogado. ¿Puedo irme?»
  • Entre sus derechos figuran los siguientes:
    • el derecho a permanecer en silencio;
    • derecho a la presencia de un abogado antes y durante cualquier interrogatorio;
    • el derecho a negarse a consentir cualquier registro de su persona, pertenencias, vehículo o residencia; y
    • el derecho a negarse a consentir en realizar cualquier ejercicio de sobriedad, la prueba ocular «HGN», la prueba de alcoholemia manual u otra prueba química o de alcoholemia.

No se deje arrastrar a ninguna conversación con el agente, por inocente que parezca. El agente está entrenado para tranquilizarle y extraer información que pueda utilizar para desarrollar una causa probable para arrestarle. ¡Cállate! Simplemente siga invocando su derecho a permanecer en silencio. Si el agente continúa interrogándole, sepa que está violando su derecho a permanecer en silencio. No importa lo que diga el agente, siga guardando silencio.

Si empieza a hablar espontáneamente, incluso después de invocar sus derechos, esa información puede utilizarse en su contra. Por supuesto, su negativa a responder a todas las preguntas del agente puede significar que éste le detenga. Sin embargo, si el agente tiene motivos para detenerle, es poco probable que nada de lo que usted diga le haga cambiar de opinión.

Normalmente, si el agente sigue intentando interrogarle, es porque no tiene pruebas suficientes para realizar un arresto sin su confesión o admisión. Al seguir guardando silencio, está privando al agente de esa prueba adicional necesaria para efectuar la detención. No se resista físicamente al agente de ningún modo, ya que hacerlo le supondrá un cargo adicional. Sea lo más educado y respetuoso posible. No seas servicial.

Si no está bajo arresto o detención, es libre de poner fin al contacto con el agente y marcharse. Por ejemplo, una vez que reciba una citación de tráfico, debe ser libre de poner fin al contacto con la policía.

Pregunte amablemente al agente si puede irse. Si el agente no tiene «causa probable» para seguir deteniéndole, le dejará marchar. Si el agente continúa deteniéndole después de que usted pida marcharse, puede tener motivos para suprimir cualquier prueba obtenida después de eso.
La única información que debe dar al agente es su permiso de conducir, el justificante del seguro y la matrícula del vehículo. Asegúrese de que la información esté fácilmente accesible para poder entregársela al funcionario si se la solicita. No está obligado a explicarlo. Usted, por ejemplo, no está obligado a confirmar que la dirección sigue siendo correcta. Si no lo es, puede recibir una citación adicional.

Inmunidad por sobredosis en virtud del artículo 893.21(2)

Un esfuerzo para buscar ayuda en una situación de sobredosis puede dar lugar a una defensa en virtud de la Sección 893.21, Estatutos de Florida, que establece:

«F.S. 893.21 Sobredosis relacionadas con drogas; asistencia médica; inmunidad judicial».

(1) Una persona que actúa de buena fe y que busca asistencia médica para un individuo que experimenta una sobredosis relacionada con drogas no puede ser acusada, procesada o penalizada de conformidad con este capítulo por posesión de una sustancia controlada si la evidencia de posesión de una sustancia controlada se obtuvo como resultado de la búsqueda de asistencia médica por parte de la persona.

(2) Una persona que experimenta una sobredosis relacionada con drogas y necesita asistencia médica no puede ser acusada, procesada o penalizada de conformidad con este capítulo por posesión de una sustancia controlada si la evidencia de posesión de una sustancia controlada se obtuvo como resultado de la sobredosis y la necesidad de asistencia médica.

(3) La protección de esta sección contra el procesamiento por delitos de posesión en virtud de este capítulo no puede ser motivo para la supresión de pruebas en otros procesos penales.»

Las disposiciones de inmunidad de la ley sobre sobredosis de drogas sólo se aplican cuando el acusado sufría una sobredosis de drogas y necesitaba asistencia médica. La ley otorga inmunidad a la persona que sufre la sobredosis y a la persona que solicita asistencia médica en su nombre.

Prescripción Defensas a los delitos de drogas de la Florida

Según la ley de Florida, es ilegal que cualquier persona esté en posesión real o implícita de una sustancia controlada a menos que la sustancia haya sido «obtenida legalmente de un profesional o en virtud de una receta u orden válida de un profesional….». Por lo tanto, tener una receta válida es una defensa contra la posesión de una sustancia controlada. Véanse §§ 499.03(1), 893.13(6)(a), Fla. Stat. (2012); O’Hara v. State, 964 So.2d 839, 840-41 (Fla. 2d DCA 2007).

A pesar de esta defensa, la ley también exige que guarde las sustancias controladas en los envases de la farmacia que contengan el nombre del Dr. que expide la receta, el medicamento exacto recetado, la cantidad y la fecha. Ser capaz de presentar una receta más tarde (que fue emitida antes de su arresto) puede dar lugar a que se retiren los cargos, pero es probable que vaya a la cárcel, sea acusado, pague a un fiador y contrate a un abogado por mantener las drogas legales de forma ilegal.
Más información sobre la defensa de los medicamentos con receta.

La ley de Florida también incluye una defensa afirmativa si usted tomó posesión de la sustancia controlada sólo con el propósito de deshacerse legalmente de ella o entregarla a la policía. Haga clic aquí para leer más sobre la defensa de drogas de Florida para la eliminación legal.

Elección de un abogado para delitos de drogas en la Florida Central

Si usted ha sido arrestado por cualquier delito de drogas en cualquier lugar de la Florida Central, póngase en contacto con un abogado con experiencia en defensa criminal con En Grupo de Defensa. Representamos a clientes acusados de posesion de sustancias controladas, trafico de sustancias controladas bajo F.S. 893.13 y F.S. 893.135, y cargos relacionados por posesion con intento de venta, trafico de drogas.

Hable con nosotros sobre las defensas importantes que podrían aplicarse a su caso. Permítanos poner nuestra experiencia a su servicio. Llame al 407 743 8430 o 407-250-9557 para hablar con un abogado con experiencia en delitos de drogas en cualquier lugar de la Florida Central